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Bases reguladoras: Líneas de ayudas para el fortalecimiento de la actividad comercial en zonas turísticas

DOCUMENTO: Orden ICT/133/2023, de 15 de febrero, por la que se modifica la Orden ICT/951/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las líneas de ayudas para el fortalecimiento de la actividad comercial en zonas turísticas y se procede a su convocatoria en el año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
ÁMBITO: Componente 14: Plan de modernización y competitividad del sector turístico. Inversión 4a: Actuaciones especiales en el ámbito de la competitividad. Fortalecimiento de la actividad comercial en zonas de gran afluencia turística.
PERIODO PRESENTACIÓN: Del 15 de marzo al 14 de abril de 2023 (ambos inclusive)
ENTIDAD: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

 

FINALIDAD DE LAS AYUDAS

Desarrollo de planes y programas dirigidos a la introducción de mejoras en las zonas comerciales de zonas turísticas, incluidas actuaciones en el marco de esta inversión en nuevas tecnologías; la aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia energética; procesos eficientes desde el punto de vista ecológico y reciclado y reutilización de residuos; la formación del personal; una firma digital integrada adaptada a los visitantes extranjeros; y la adaptación de los espacios públicos para mejorar la accesibilidad y la movilidad.


BENEFICIARIOS

  • Los municipios que tengan una población superior a 20.000 habitantes.
  • Las provincias e islas a través de las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares cuando el proyecto esté destinado a poblaciones de entre 5.000 y 20.000 habitantes. Los beneficiarios supramunicipales deberán presentar un proyecto que afecte a varios municipios como proyecto único, haciéndose responsables de su ejecución y justificación.
  • Ayuntamientos de más de 5000 habitantes (En Comunidades Autónomas uniprovinciales y sin diputación)
  • Municipios que, contando con una población inferior a 5.000 habitantes, superen dicha cifra teniendo en cuenta su población flotante, entendiendo esta población como aquella que viaja de un lugar a otro, encontrándose en ese municipio en un momento determinado, independientemente del tiempo que se lleve viviendo en el mismo, no siendo éste su residencia habitual.
    Se considera que un municipio cumple esta condición si acredita un incremento del 100% en al menos unos de los servicios municipales siguientes comparando los mismos entre un trimestre de temporada baja con uno de temporada alta dentro de un mismo año natural:
    • 1.º) Tonelaje de recogida de basura 2.º) Facturación en consumo eléctrico municipal 3.º) Facturación en consumo de agua en el municipio

Las Entidades locales descritas deberán cumplir con, al menos, uno de los siguientes criterios para ser considerados como «zona comercial turística»:

  • Al menos 25.000 pernoctaciones/año; o
  • Más de un 30% de viviendas de segunda residencia; o
  • Porcentaje de afiliados a la Seguridad Social pertenecientes a CNAEs 45, 46 y 47 > 7% de afiliados totales

 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Gastos relacionados con inversiones en la vía pública
Gastos dirigidos a la adecuación funcional, mejora y modernización de las vías públicas, con la consiguiente mejora de la integración de los usos turísticos y comerciales, tales como:

  •  Ensanchamiento de aceras.
  • Ornamentación, embellecimiento y ajardinamiento.
  • Señalética comercial y turística.
  • Instalaciones de mejora de la accesibilidad, eliminación de barreras urbanísticas y mejora de la transitabilidad peatonal.
  • Dotación de plazas de aparcamiento en el entorno de las áreas comerciales.
  • Creación de áreas logísticas de reparto y distribución, con el objetivo de paliar problemas derivados de la carga y descarga, así como la logística inversa.
  • Instalaciones para la gestión de la movilidad.
  • Mejora del mobiliario urbano.

Gastos relacionados con actuaciones que tengan un impacto en la digitalización del sector comercial

  •  Creación de sistemas de comunicación electrónicos para la gestión y comunicación tipo intranet entre los asociados o con otros agentes de su interés.
  • Implantación de Redes WiFi con la finalidad de mejorar la experiencia de cliente y generar sinergias con otros sectores que supongan beneficio mutuo.
  • Inversión en nuevas tecnologías dirigidas tanto a la mejora de la gestión interna del establecimiento comercial, como a la mejora de las ventas turísticas.
  • Estrategias digitales con la finalidad de impulsar las zonas de turismo de compras mediante la generación de contenidos multimedia para la promoción comercial, creación de Apps, difusión de la oferta comercial a través de las herramientas generadas, entre otras.
  • Mejora de la atención, relación y conocimiento de cliente, nacional y extranjero, y su fidelización, mediante el uso de nuevas tecnologías y técnicas de analítica avanzada.
  • Rediseño del entorno web para mejorar la experiencia de compra del cliente. Publicidad y presencia en diferentes canales o soportes digitales utilizados por el turista, que contribuyan a aumentar el tráfico y la fidelización de los clientes.
  • Creación de herramientas de diagnóstico para las asociaciones y pymes comerciales de su demarcación con la finalidad de ayudarles en operaciones relacionadas con solucionar problemas específicos, apertura de un nuevo local, relevo generacional, trámites administrativos, planes de viabilidad del negocio, entre otros.

Gastos relacionados con la sostenibilidad y economía circular

  • Inversiones para reducir el consumo de insumos por parte del comercio y de los consumidores en sus establecimientos, y la sustitución de éstos por otras alternativas más respetuosas con el medio ambiente.
  • Soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de otros suministros en los establecimientos comerciales, instauración de procesos con base tecnológica, eco-eficientes o para la correcta separación de los residuos para su posterior reciclado y valorización.
  • Otras actuaciones y soluciones dirigidas a incrementar la sostenibilidad, la adaptación al cambio climático y la eficiencia y que impliquen un avance hacia una economía resiliente y baja en carbono y la reducción en la generación de residuos.
  • Actuaciones de adaptación al cambio climático como intervenciones en espacios públicos orientados a atenuar el efecto de isla de calor urbana en zonas comerciales.

Gastos de formación en idiomas, habilidades, uso y gestión de herramientas tecnológicas, marketing digital, explotación y análisis de datos, formación en idiomas, sensibilización para el fomento de estrategias de economía circular, reciclado y reutilización de productos en el modelo de negocio del sector comercial dirigidos a empleados y autónomos del sector comercio

  • Alquiler del espacio para la realización de las jornadas.
  • Alquiler de mobiliario y de los equipos necesario para la realización de las mismas.
  • Subcontratación de un tercero para la realización de las mismas, siempre y cuando la actividad subcontratada con el tercero no supere el 80 por ciento del importe de la actividad subvencionada.
  • Honorarios de los ponentes.
  • Diseño pedagógico, tutorización e impartición de los cursos, tanto en formato en línea como presencial.
  • Materiales imprescindibles para llevar a cabo la formación para empleados del sector del comercio y autónomos.

 

PRESUPUESTO

La presente convocatoria cuenta con una dotación presupuestaria de 24.325.844 euros con cargo a la partida presupuestaria 20.50.07.43ND.762.
La inversión mínima para realizar dependerá del número de habitantes que los beneficiarios indicados en el artículo 3 de las bases reguladoras tengan dentro de su demarcación, conforme a los datos del respectivo real decreto por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal, vigente en el momento de presentar la solicitud:

  1. Municipios de más de 300.000 habitantes: inversión mínima de 1.000.000,00 de euros.
  2. Municipios de entre 100.000 y 300.000 habitantes y diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares: inversión mínima de 500.000,00 euros.
  3. Municipios de menos de 100.000 habitantes: inversión mínima de 200.000,00 euros.
  4. La intensidad de la ayuda a conceder según estas bases reguladoras será de un mínimo del 60 por ciento y un máximo del 100 por ciento sobre el presupuesto del proyecto que haya sido considerado financiable, hasta un máximo de subvención de 2.000.000 de euros.
  5. El proyecto podrá ser cofinanciado por el beneficiario de la ayuda y por la comunidad autónoma en el que se encuentre ubicado, pudiendo alcanzar este apoyo hasta el 40 por ciento del presupuesto financiable del proyecto.

 

REQUISITOS DE LAS ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

  • Mantener la inversión durante un plazo de 5 años desde la finalización de la ejecución del proyecto.
  • El beneficiario podrá subcontratar hasta el 100 por ciento del proyecto.
  • De acuerdo con el artículo 29.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, cuando la actividad concertada con terceros exceda del 20 por ciento del importe de la subvención y dicho importe sea superior a 60.000 euros, el beneficiario deberá solicitar al órgano concedente de la ayuda la autorización previa para realizar dicha contratación, entendiéndose concedida la misma si en la resolución de concesión es declarado beneficiario. En el caso de que ya exista resolución de concesión de subvención, la autorización de subcontratación deberá solicitarse al órgano concedente, que resolverá sobre la misma en el plazo de diez días hábiles, entendiéndose desestimada la autorización una vez transcurrido dicho plazo sin que se haya resuelto expresamente.
  • En el diseño y ejecución de las actuaciones subvencionadas, las entidades locales beneficiarias garantizarán el pleno cumplimiento de la normativa de ayudas de Estado.

 

FORMA DE PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES

La solicitud cuestionario, declaraciones y demás documentación, se rellenarán con la aplicación informática prevista para ello. Se enviarán telemáticamente mediante la aplicación, con firma electrónica avanzada, no siendo admisible su presentación en papel, disquete, CD u otro tipo de soporte físico, y deberá incorporar los siguientes archivos:

  1. Formulario de solicitud de financiación y cuestionario electrónico
  2. Una memoria descriptiva de la inversión firmada electrónicamente, que no podrá superar las 35 páginas y que se ajustará al modelo establecido en el anexo I.A de las BBRR (modificado) con la utilidad AutoFirma, en la que se incluirá el cronograma de ejecución desglosado por actuaciones de cada categoría de gasto, según modelo establecido en anexo II (modificado) en formato Excel. En caso de que entre las actuaciones a realizar por el potencial beneficiario se encuentren algunas de las enumeradas en el artículo 8.2 (gastos relacionados con inversiones en vía pública), deberá presentar junto con la memoria descriptiva y el cronograma, una memoria técnica con el contenido mínimo establecido en el anexo I.B.
  3. Acreditación válida del poder firmante de la solicitud, en su caso.
  4. Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR, declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR y declaración de no causar perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 según el modelo establecido en el anexo III, con la utilidad AutoFirma.
  5. Documento acreditativo de que el proyecto se ejecuta en una zona turística de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 3 de las BBRR.
  6. Declaración firmada electrónicamente con la utilidad AutoFirma, donde se indique el número actual de locales con actividad comercial localizados en el área de actuación del proyecto o equipamiento donde se vaya a realizar el mismo.
  7. En caso de inclusión de talleres y jornadas, deberá presentarse la siguiente documentación si estuviera disponible en el momento de presentar la solicitud o cuando se disponga de la misma: calendario, duración y contenido de las jornadas que se van a realizar, detallando en cada una de ellas el objetivo, la fecha y lugar donde se desarrollarán, así como los ponentes, bajo el tipo de documento: Cursos.
  8. Documentos relativos a la subcontratación, en su caso.
  9. Acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
  10. Declaraciones responsables de compromiso de cofinanciación (si la intensidad de la ayuda no llega al 100% del presupuesto, con el porcentaje de cofinanciación que se asume), ayudas solicitadas para la misma finalidad, no tener deudas, no estar incurso en prohibiciones de Ley 38/2003, cumplimiento de la normativa nacional y de la UE y no causar perjuicio significativo.
  11. Compromiso de conceder los derechos y los accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias
  12. Datos de la cuenta bancaria del beneficiario.
  13. Otras declaraciones responsables.
  14. Acreditación de la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.

 

CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA

El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva.
La valoración de las solicitudes se realizará de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Calidad técnica de la propuesta o actuación presentada (0 a 25 puntos):
 

  • Adaptabilidad de la propuesta al problema y/o necesidad detectados. (0 a 10 puntos).
    Se valorará la exposición del problema, calidad del diagnóstico y claridad en la identificación del problema y las necesidades que se espera resolver y cómo el proyecto actuará de forma positiva sobre el problema en su totalidad o en parte
    Se valorará que el proyecto esté alineado con los retos y planes locales de actuación en los que se encuentren incluidos indicadores medibles que permitan asegurar la viabilidad de la propuesta, justificando su coherencia con los instrumentos de ordenación del territorio de carácter más general.
    Se valorará la claridad en la identificación del problema y las necesidades que se esperan resolver con la solución planteada.
    Se valorará la inclusión de un plan de evaluación de resultados e impactos que se pretende obtener con el desarrollo del proyecto.
     
  • Capacidad de mejorar el atractivo turístico y atraer a nuevos perfiles de turistas y visitantes de la zona. (0 a 10 puntos).
    Se valorará la exposición y justificación del objetivo propuesto.
    Se valorarán las inversiones en la vía pública (ornamentación, ensanchamiento de aceras, mejora de la accesibilidad, eliminación de barreras urbanísticas y mejora de la transitabilidad peatonal, instalaciones para la mejora de la movilidad, mejora del mobiliario urbano, plazas de aparcamiento, señalética comercial y turística).
    Se valorará la propuesta conjunta o en colaboración entre comercios y/o municipios, para atraer el turismo a la zona.
    Se valorará que el proyecto tenga identificada la necesidad de los comerciantes, su capacidad para fortalecer el tejido comercial y/o la colaboración entre los comercios en la misma área de actuación para atraer el turismo.
     
  • Capacidad de mejora de los servicios prestados a los turistas y visitantes de la zona, tanto en los comercios como en las zonas comerciales y alrededores. (0 a 5 puntos).
    Se valorará la exposición y justificación del objetivo propuesto.
    Se valorará la mejora de la atención, relación y conocimiento de cliente (conducta/comportamiento), nacional y extranjero, y su fidelización, mediante el uso de nuevas tecnologías y técnicas de analítica avanzada.
    Se valorará la oferta de servicios y/o productos de potencial demanda por visitantes o turistas nacionales y/o internacionales. Se valorará la capacidad del proyecto en identificar el interés de turistas o visitantes por el producto/servicio ofrecido y/o disponible, o bien facilite los servicios a visitantes, o fomente el turismo de compras.
     
  • Capacidad del proyecto de dinamizar, actualizar y enriquecer la oferta comercial del municipio. (0 a 10 puntos).
    Se valorará la exposición y justificación de cómo el proyecto actuará de forma positiva en el objetivo propuesto.
    Se valorará la publicidad y presencia en diferentes canales o soportes digitales utilizados por el turista, que contribuyan a aumentar el tráfico y la fidelización de los clientes. Actuaciones de animación comercial a pie de calle con eventos, ofertas, etc.
     
  • Contribución del proyecto a la mejora de la calidad ambiental, la eficiencia energética y la economía circular. (0 a 10 puntos).
    Se valorará la exposición y justificación de cómo el proyecto actuará de forma positiva en el objetivo propuesto.
    • 1.º Inversiones para reducir el consumo de insumos por parte del comercio y de los consumidores en sus establecimientos, y la sustitución de éstos por otras alternativas más respetuosas con el medio ambiente: (0 a 3 puntos).
    • 2.º Optimización de las operaciones de distribución comercial, entrega y devolución del producto mediante la adopción de nuevas tecnologías y ecosistemas colaborativos que disminuyan los costes y el impacto medioambiental, prestando especial atención a la última milla: (0 a 3 puntos).
    • 3.º Implementación de soluciones tecnológicas en los establecimientos comerciales, instauración de procesos con base tecnológica, ecoeficientes, de reciclado y reutilización de residuos: (0 a 3 puntos).
    • 4.º Soluciones tecnológicas e inversiones para la mejora de la eficiencia en el consumo energético: (0 a 10 puntos).
    • 5.º Otras actuaciones y soluciones dirigidas a incrementar la sostenibilidad y la eficiencia y que impliquen un avance hacia una economía baja en carbono, la reducción en la generación de residuos, la economía circular y el desperdicio cero: (0 a 3 puntos). 6.º Por la obtención de la puntuación máxima en los 5 criterios anteriores: 25 puntos.
       
  • Número de comercios directamente beneficiados y porcentaje que representan sobre el tejido comercial de la demarcación del beneficiario (efecto previsto) (0 a 15 puntos).
    Se deben incluir de manera explícita estos valores en la memoria, tanto el número de comercios (beneficiados y total) como el porcentaje de comercios beneficiados, y se valorará el porcentaje resultante de acuerdo con los siguientes rangos:
    • 1.º Menor o igual al 10 %: 0 puntos.
    • 2.º Superior al 10 % y menor o igual al 20 %: 1 punto.
    • 3.º Superior al 20 % y menor o igual al 30 %: 2 puntos.
    • 4.º Superior al 30 % y menor o igual al 40 %: 3 puntos.
    • 5.º Superior al 40 % y menor o igual al 50 %: 5 puntos.
    • 6.º Superior al 50 % y menor o igual al 60 %: 7 puntos.
    • 7.º Superior al 60 % y menor o igual al 70 %: 9 puntos.
    • 8.º Superior al 70 % y menor o igual al 80 %: 11 puntos.
    • 9.º Superior al 80 % y menor o igual al 90 %: 13 puntos.
    • 10.º Superior al 90 %: 15 puntos.
       
  • Grado de innovación y carácter demostrativo del proyecto presentado (0 a 10 puntos).
    Se valorará que haya una justificación clara de por qué es una propuesta innovadora, cuáles son los elementos novedosos que describen el carácter innovador de la solución planteada y qué determina que sea novedosa y/o innovadora la solución planteada.
    Se valorará la capacidad del proyecto para generar conocimientos capaces de ser utilizados provechosamente en otros proyectos, actuaciones o procesos de actividades comerciales. Se valorará el porcentaje en coste sobre el total del proyecto.
     
  • Proyectos supramunicipales que engloben una pluralidad de municipios y tengan un mayor impacto territorial, teniendo un carácter tractor. (0 a 10 puntos).
    • 1.º Si el proyecto tiene un alcance territorial de al menos dos municipios: 3 puntos. 2.º Si el proyecto tiene un impacto territorial que alcance entre tres y cinco municipios: 4 puntos. 3.º Si el proyecto abarca entre seis y ocho municipios: 6 puntos. 4.º Si el proyecto abarca entre nueve y diez municipios: 8 puntos. 5.º Si el proyecto abarca más de diez municipios: 10 puntos

Los proyectos deberán obtener una puntuación mínima de 50 puntos.

 

DOCUMENTACIÓN

 

Descargar ficha

 

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